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Dictan nueva elevación a juicio contra Sergio Rivarola por violencia de género

El Fiscal Javier Di Santo lo dictaminó tras haber concluido la incorporación de nuevas pruebas solicitadas por la Jueza de Control, ante la oposición de la defensa a la primer elevación a juicio, que se había solicitado hace mas de un año y medio.

 

La Fiscalía de Instrucción de segundo  turno de los Tribunales de Río Cuarto, dictó nueva elevación a juicio contra Sergio Rivarola, ex titular de ANSES Río Cuarto y dirigente Peronista, por lesiones leves calificadas por haber mediado violencia de género.

 

Hace casi dos años se había dispuesto la elevación a juicio por la causa que inició una mujer contra el dirigente,  quien denunció haber sufrido un golpe de puño en su cara de parte del imputado. La defensa de Rivarola se opuso a la elevación,  y la causa quedó en manos de Luciana Alba, Jueza de control,  quien solicitó incorporar nuevas pruebas. Se sumaron entonces pericias socio ambiental de las partes y pericias psicológicas. Según manifestó a este medio el abogado de la querella Ignacio Fernández Sardina, en ese marco se aprovechó también  para incorporar testimonios que dieron cuenta del contexto en el cual se produjeron los hechos investigados. Al finalizar este proceso,  el Fiscal Javier Di Santo dictó nuevamente la elevación de la causa a juicio.

 

Ahora resta esperar a ver si la defensa  nuevamente se opone,  o si permiten que continúe el proceso. “Rivarola en su indagatoria dijo que la víctima se golpeo sola con la puerta del auto, lo que no se condice con las pruebas recolectadas, me parece absurdo el planteo sobre todo por el contexto”, dijo Fernández Sardina. Sobre el agravante señaló “una testigo cuenta el asedio que sufría la denunciante por parte de esta persona, la llamaba insistentemente, la esperaba afuera de la casa, a lo que se suman las pericias psicológicas que muestran una correlación entre su conducta y el detalle de las condiciones de su personalidad”.

 

Si no hay oposición la causa debería ir a la cámara a donde se ofrecerá nueva prueba y se determinará la fecha de juicio. La imputación es bajo los términos del código penal en su artículo 89, en función del artículo 80 inciso 11 y 92, y establece una pena de los seis meses a los dos años de prisión.

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