La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) confirmó la decisión de la Cámara en lo Criminal, Correccional y de Acusación de Primera Nominación de Río Cuarto de rechazar la suspensión del juicio a prueba (probation) solicitada por la defensa de Sergio Fabián Rivarola, imputado por el delito de lesiones leves calificadas por mediar violencia de género.

El recurso de casación había sido interpuesto por la abogada defensora, quien argumentó que el hecho denunciado se trató de un episodio aislado y que no se configuraban los presupuestos para encuadrarlo como violencia de género. También cuestionó que no se hubiera realizado la audiencia prevista por el artículo 360 bis del Código Procesal Penal.

Según informó a La Marea Noticias el abogado Ignacio Sardina, “el máximo tribunal provincial entendió que, de las pruebas reunidas, surge un contexto de violencia psicológica, simbólica y física ejercida por el imputado, caracterizado por hostigamiento, manipulación, imposiciones y un episodio final de agresión física. Para el TSJ, este patrón evidencia una relación de desigualdad y dominación, enmarcada en los estándares internacionales de protección de los derechos de las mujeres establecidos por la Convención de Belém do Pará y la CEDAW.

En su resolución, el tribunal remarcó que en los casos donde se verifique violencia de género, no resultan procedentes soluciones composicionales como la probation, dado que el Estado argentino tiene la obligación de prevenir, sancionar y erradicar este tipo de conductas.

Por unanimidad, los vocales Aída Tarditti, Sebastián Cruz López Peña y María Marta Cáceres de Bollati resolvieron rechazar el recurso de casación y confirmaron que la causa debe llegar a juicio oral.

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