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Fallo a favor de La Marea Noticias: Ganó el compromiso con las mujeres y la búsqueda de la verdad

El 5 de marzo se conoció el rechazo de la demanda de daños y perjuicios contra este medio por visibilizar un caso de violencia de género en General Deheza, durante la pandemia.

Por Redacción La Marea Noticias.

Que un sitio de noticias con perspectiva de género cuente situaciones de violencia, abuso o injusticias es parte de su tarea habitual. Lo que no es frecuente, es que la labor periodística sea criminalizada con un intento de censura.

Así se vivió por más de dos años la demanda que llegó contra La Marea Noticias a raíz de una noticia publicada en 2020, que daba cuenta de una situación de acoso y agresiones que atravesaba una mujer por parte de su ex pareja en una localidad de 15.000 habitantes al sur de Córdoba.

En un primer momento, la mujer contactó a la periodista Carina Ambrogi, para contar los padecimientos que estaba atravesando luego de decidir separarse de un hombre, que en ese momento era pastor de una iglesia evangélica y se había postulado como candidato a intendente. 

[El contenido puede leerse aquí: https://www.lamareanoticias.com.ar/2020/09/07/general-deheza-denuncian-por-violencia-de-genero-a-un-pastor-evangelico-ex-candidato-a-intendente/ ]

Dos años después de este episodio, y con el argumento de haber generado daños y perjuicios a su persona, el pastor realizó una demanda a este medio pidiendo que se publicara que la noticia era “falsa”, más un resarcimiento económico de dos millones de pesos. 

Para el equipo de periodistas marcó un antes y un después: ¿cómo se sigue trabajando y publicando con rigor si se pone en juego la credibilidad y sustentabilidad de un espacio y sus integrantes? 

Oportunamente, en respuesta a la demanda, el abogado del medio, Ricardo Muñoz, señaló que el artículo periodístico reprochado “constituye el adecuado ejercicio del derecho de publicar informaciones de interés público y posibilitar que la ciudadanía pueda, por su parte, también ejercer el derecho a la información para una posterior formación de opinión pública sobre hechos lamentables que si bien hasta no hace mucho tiempo permanecían ocultos o invisibilizados”. 

Además, citó que el objeto de La Marea Asociación Civil es “ejercer y promover el ejercicio del derecho a la información y a la formación con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos” y especialmente el de difundir contenidos que deconstruyan estereotipos que promuevan la violencia o desigualdad hacia el género femenino e identidades diversas”.

Y finalmente, defendió que en este caso no deben entenderse las reglas de la “real malicia”, ya que las expresiones en sí mismas y en sentido objetivo no solamente son ciertas, sino que tampoco son maliciosamente agraviantes, y que al tratarse de una persona pública, atento su condición de pastor religioso – expresamente reconocido en la demanda –, protagonista activo en un medio de comunicación cuya titularidad el mismo invoca e incluso haber sido candidato a intendente municipal de General Deheza por el partido Encuentro Vecinal Córdoba en las últimas elecciones locales del año 2019, existe un relevante y justificado interés público. 

Tras atravesar un proceso judicial en los Tribunales de Río Cuarto, el miércoles 5 de marzo se conoció la sentencia a favor de La Marea Noticias. En un texto de más de 60 páginas, la jueza María Laura Luque Videla expuso detalladamente que la noticia publicada no solo era objetivamente veraz, sino que, además, el pedido de la parte demandante constituía un intento de censura previa.

 

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