Violencias

El Caso Thelma Fardin es un precedente histórico para las infancias víctimas de abuso sexual

La justicia determinó la absolución del actor Juan Darthés en el juicio que se le seguía por violación contra la actriz Thelma Fardin.

Si bien se esperaba una sentencia que dé cuenta de la culpabilidad de Darthés, de ninguna manera la decisión implica que los hechos no ocurrieron, sino que, de acuerdo con las reglas del derecho penal, el nivel de prueba necesario para condenar a alguien es alto y en esta oportunidad el juez decidió conceder el beneficio de la duda respecto de la violación. Sin embargo, la sentencia da por probados los hechos de abuso denunciados por Thelma pero sostiene que estaban prescriptos de acuerdo a la legislación vigente en aquel momento.

En una conferencia de prensa realizada en las oficinas de Amnistía Internacional en Argentina, Thelma Fardin señaló: “Que esto no sea un mensaje para callarnos. Esta es una batalla que ganamos. Hay muchas personas que se animaron a romper el silencio y hoy, a ellas les digo que esto no nos adoctrina. La justicia se verá inundada de denuncias”.

Cabe recordar que el en nuestro país, según datos de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), solo el 15,5% de denuncias por delitos contra la integridad sexual llega a sentencias condenatorias. Este patrón se reitera en otros países de la región. En Chile y Ecuador menos del 4% de las denuncias llegan a condena y en Guatemala y Brasil, donde se realizó el juicio, la tasa de condena por violación sexual es solo del 1%.

“Vamos a apelar esta decisión y somos optimistas. A nivel jurídico cabe señalar que los jueces interpretaron los hechos para afirmar que hubo actos de violencia sexual, pero lo cierto es que por temas técnicos el delito está prescrito”, indicó Andrade Junqueira.

“La justicia entendió que los hechos denunciados por Thelma fueron corroborados por los testimonios presentados, pero concede el beneficio de la duda estrictamente respecto del acceso carnal, que de acuerdo al tipo penal vigente al momento de los hechos constituía un requisito para la condena ”, señaló Martín Arias Duval, su abogado en Argentina.

Fuente: Amnistía Internacional Argentina

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