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Condenaron a cadena perpetua a Raúl Escalante, el femicida de Tamara Zalazar

El Tribunal Oral Penal (TOP) Nº1 de Corrientes condenó este miércoles 25 de agosto a la pena de prisión perpetua al hombre que asesinó a una joven de 19 años en el 2016 y ordenó su inmediata detención. Se trata de Raúl Escalante, que en un primer juicio en 2018 fue absuelto por “insuficiencia probatoria”.

Por: Leticia Beltrán – Aracelli Almirón – Marisa Murcia – Tatiana Ledesma – Erika Nicoletti – Dominique Finke – Red de Periodistas y Comunicadoras de Corrientes

 

Esa misma pena había sido solicitada por la fiscalía y la querella en sus alegatos.

 

El condenado fue trasladado a la comisaría Seccional 1° de Capital, previo a su traslado a la Unidad Penitenciaria N°6.

 

Raúl Escalante fue declarado culpable de matar a Tamara Zalazar, luego de encontrarse con la joven tras conocerla por la red social Facebook.

 

Su cuerpo fue hallado en un zanjón al día siguiente, por una persona que circulaba por la Ruta N°5, a la altura del Km 42.

 

El tribunal estuvo conformado por Juan José Cochia, y los vocales Ariel Azcona y Román Facundo Esquivel.

 

Femicidios en Argentina

 

En los primeros siete meses del 2021, en Argentina hubo 164 femicidios, de los cuales 155 fueron femicidios de mujeres y niñas, 9 corresponden a transfemicidios y 13 fueron femicidios vinculados de varones, según datos aportados por la Asociación Civil la Casa del Encuentro. En Corrientes hubo dos femicidios en lo que va del año.

El rango etario de mayor cantidad de víctimas va desde los 19 hasta los 50 años, con 61 asesinatos de mujeres de entre 19 y 30 años y 60 asesinatos de mujeres que tenían entre 31 a 50 años.

El informe de esta Asociación, indica que los asesinatos se produjeron mayoritariamente en la vivienda de la víctima y/o en una vivienda compartida con el femicida.

Víctimas colaterales

 

Las cifras de asesinatos de personas por razones de género, significan irremediablemente que existen víctimas colaterales. Solo en los primeros siete meses del año, en el país 109 hijos o hijas menores de edad se quedaron sin madre.

 

Cabe destacar que de los 164 femicidios reportados en el 2017 hasta el 31 de julio del 2021, 21 víctimas habían realizado denuncia por violencia de género, 10 femicidas tenían una orden de restricción de acercamiento con la víctima, 17 femicidas son o eran agentes de alguna de las fuerzas de seguridad y 21 de los femicidas se suicidaron.

 

Fallo con falta de perspectiva de género

 

En una primera instancia, durante el debate oral y público llevado a cabo en el año 2.018, frente a pruebas e indicios que colocaban a Escalante en el lugar del crimen y lo apuntaban como el autor material del femicidio, el tribunal integrado por los jueces Ana del Carmen Figueredo; Cynthia Godoy Prat y Raúl Guerin emitió un fallo que fue considera años más tarde como equívoco e insólito, donde primó la falta de perspectiva de género y de un análisis apropiado carente de logicidad por parte de la Justicia. En su momento, los tres magistrados realizaron una lectura del material probatorio y si bien para Guerin esto bastaba para condenar a Escalante, las dos juezas (Figueredo y Godoy Prat) alegaron que no eran suficientes.

 

Si bien en este tipo de instancias es necesaria lo que conoce como prueba plena, es decir, testimonios o pruebas fisicas, en un hecho donde el crimen fue cometido en un ambito de clandestinidad, como lo fue el asesinato de Tamara que fue encontrada en una zona alejada y sin presencia de vecinos cerca, se debe realizar un analisis que tenga en cuenta este contexto, además de la posibilidad de que el acusado haya eliminado pruebas incriminatorias, por lo que priman los indicios y declaraciones ya en el proceso penal.

 

En declaraciones radiales a LT7, el abogado defensor de la familia Zalazar explicó: “El argumento de las juezas es una cosa que es muy interesante, uno hace el análisis de la sentencia absolutoria y ellas hacen el mismo análisis probatorio que hace Guerin, el único eje diferente es que al momento de resolver Gerin dice que en función de eso hay que condenar y ellas considerando las mismas pruebas, dicen que no. Esa situación no es menor, porque al llegar a Casación, se advierte esto y precisamente se dictamina que el fallo debe ser anulado precisamente por ausencia de logicidad, porque no es lógico analizar de estas maneras las pruebas y llegar a una lectura tan diferente y ahí es donde se llega a la nulidad. Un tribunal no puede tener esta falla, aparte de la falta de perspectiva de género que también se menciona en el dictamen fiscal”.

 

“En estos hechos la selección del lugar que lleva adelante el autor es la clandestinidad, un lugar alejado, como lo es en este caso la Ruta 5 kilómetro 42, no hay absolutamente nada y si sumamos a eso que descarta el cuerpo y que destruye la prueba que lo puede incriminar cuando se lleva adelante la reconstrucción de piramidal de las pruebas debe tenerse en cuenta esta situación y darle un valor especial a las pruebas de indicios más las pruebas objetivas, porque además de esto ambas pruebas cierran a la perfección”, detalló.

 

“Este segundo juicio no se tendría que haber dado, se tendría que haber condenado a Escalante en el primer proceso”, aseveró el abogado.

 

Si sufrís violencia de género o conoces a alguien que esté en esa situación, podes llamar a la línea nacional gratuita 144, las 24hs los 7 días de la semana. En Corrientes también te podes comunicar por whatsapp con el Centro de Atención Jurídico Integral a víctimas de violencia al 3794 530311.

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