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Mujeres indígenas quieren ser oídas por la Justicia

Regreso de la jornada judicial: Fátima sostiene a su hijo en brazos, junto al cacique Dalmacio Ramos, y el abogado, José Luis Fuentes, y otros integrantes de su comunidad.

Elizabeth González, lideresa Qom, con familiares de la niña violada y asesinada en Quitilipi en 2013, el día del juicio en 2015.

Elizabeth González es lideresa Qom y acaba de asumir en el Consejo Asesor del Ministerio de Mujeres, Género y Diversidad de la Nación. Opina que el principal avasallamiento de la Justicia hacia las mujeres indígenas es no brindarle acceso a un intérprete, como sucedió en el caso de Fátima, en Misiones.

Por: Magdalena Bagliardelli

“El domingo recibí una denuncia de un caso de violencia. Nada que ver lo que me contaba la mujer a lo que decía el papel donde quedaba constancia de su declaración. Le hicieron poner el dedo. No llamaron al perito intérprete ni le dieron la copia de la declaración. Di intervención a la Secretaria de Derechos Humanos para que no quede como caso aislado”, explica Elizabeth González, lideresa Qom que participó el martes 2 de junio de la primera sesión del Consejo Asesor de Género del Ministerio de Mujeres, Género y Diversidad.

“Una hermana wichi es violada, cuando llega la policía a denunciar, dice que estuvo con fulano de tal pero en consentimiento, le cambian la palabra. Yo llamo al Juzgado, porque es una forma de revictimizar. Mi función es actuar de nexo para que cada hermana indígena pueda tener acceso a la  justicia”, indica por teléfono, desde Resistencia, Chaco.

A 500 kilómetros, a Fátima, mujer mbya que vive en la provincia de Misiones, le quitaron a tenencia de su hijo porque en una audiencia judicial solicitada por la madre de su ex marido, él dijo que la joven entendía sólo el Guaraní pero que él iba a traducir su opinión, y que ella estaba de acuerdo con la situación. Cuando el caso tomó trascendencia pública y se contó con una intérprete, como era debido, se conoció que Fátima no sólo quería permanecer al cuidado de su hijo sino que además era víctima de violencia de género por parte de su ex marido y de malos tratos por parte de su ex suegra.

“Cuando una mujer indígena va a denunciar, una de las barreras que encuentra es la falta de un intérprete que vele por su derecho de acceder a la justicia en su propio idioma. Al no tomar el caso como un caso de violencia, no dan aviso al fiscal, y no convocan al perito intérprete”, remarca la representante Qom en diálogo con este medio.

Elizabeth González es traductora desde los 11 años. A los 7 aprendió el español, ya que su lengua materna es Qom. Por la década del 90 quiso participar en el Instituto del Aborigen del Chaco (IDACH) pero no pudo. “Tenías que ser noviecita del jefe para poder acceder. El patriarcado es fuertísimo en nuestras comunidades pero recién hoy lo estamos viendo”, repite. Como no logró su propósito, comenzó a cosechar votos por todos los rincones de la Provincia hasta que  en 2006, logró su puesto en el IDACH.

Si hablamos de violaciones a los derechos de las mujeres indígenas, el caso paradigmático en Chaco es el de LNP, que llegó a Naciones Unidas: En octubre de 2003 se produce una violación en la plaza pública, detrás del templo católico. Hay testigos, informes médicos y un juicio que culmina en una sentencia que absuelve a los imputados. Al decir del Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación: “Se trata de un caso paradigmáticamente aberrante, con una no menos aberrante conducta de funcionarios provinciales -policiales y judiciales quienes en vez de proteger y reparar la violación de los derechos de la víctima mujer, indígena, menor de edad y pobre, la revictimizaron en un proceso escandaloso y canallesco”, detalla la Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres en su sitio web.

“La historia de LNP se convierte en bisagra en las historias de las mujeres de los pueblos originarios de la Argentina, y es una muestra de la importancia de denunciar y de insistir en exigir justicia. La joven fue revictimizada por el sistema médico, policial y judicial”, continúa.

“Desde entonces las cosas han cambiado, y el poder judicial implementó bajo su órbita la Coordinación de los pueblos indígenas. El cambio fue notorio pero todavía nos falta mucho:una de las barreras es tener un empleado judicial indígena en cada juzgado de paz, en los lugares donde hay poblaciones indígenas (en la provincia hay más de 14). También está habilitada la figura de perito traductor intérprete de las tres lenguas: Qom, Mocovi y Wichi, aunque eso no está cambiando el acceso a la justicia porque muchas veces no los convocan”, señala González quien hace 2 años se desempeña como funcionaria judicial, en la Coordinación de los Pueblos Indígenas.

-¿Cuál es la agenda que va a llevar al Consejo Asesor del Ministerio de las Mujeres?

-Hay un cambio muy hermoso de la participación de la mujer en espacios de poder. Y debemos celebrar la creación del Ministerio de las Mujeres y que nosotras, las mujeres indígenas, podamos formar parte. Es importante tener presente que las mujeres indígenas tenemos barreras muy fuertes como la idiomática, la económica, el distanciamiento de donde viven las comunidades y donde se puede denunciar, por eso cuesta hacer la denuncia.

Además, sería bueno que dentro de los protocolos que se están implementando en los delitos contra la integridad sexual de las mujeres, se pueda contemplar a las mujeres indígenas. Hacer un lineamiento para que todas puedan tener traductor o intérprete.

-¿Hay estadísticas de las violencias realizadas por mujeres indígenas?

-Es triste poder decir que no contamos con estadísticas en las denuncias de mujeres indígenas por motivos de violencia. Hemos pedido que en todas las planillas, cuando se realice una denuncia, la primera pregunta sea si la mujer pertenece a un pueblo indígena para tener esta estadística. Es importante poder abordar la cuestión en cada lugar, porque a veces las mujeres indígenas al denunciar no encuentran respuesta rápida porque no conocen la lengua, o no les hacen leer la declaración y no saben lo que pusieron en conformidad. Creo que más que en la estadística hay que trabajar en la presencia de alguien que pueda ser auxiliar, en este caso, como traductor intérprete.

Regreso de la jornada judicial: Fátima sostiene a su hijo en brazos, junto al cacique Dalmacio Ramos, y el abogado, José Luis Fuentes, y otros integrantes de su comunidad.

El caso Fátima: sin intérpete ni garantías

El 2 de junio,  en Misiones, se realizó un acto de reparación ética y jurídica para una mujer indígena. El Juzgado de Familia de El Dorado restituyó a la joven mbyaFátima González la tenencia de su bebé y se acordó un régimen compartido de tenencia con su papá. “Esta vez estuvieron garantizados los derechos de la joven a un intérprete intercultural”, aseguran desde el Equipo Misionero de Derechos Humanos, Justicia y Género, que ejerció la defensa de la mujer.

Una de sus integrantes, la antropóloga Ana María Gorosito Kramer, está involucrada desde finales de los 70 en los casos de litigio con personas indígenas: “ Siempre que aparece necesidad de pericia de parte, me llaman”, dijo.  En diálogo con La Marea Noticias contó cómo fue el proceso en el caso Fátima: “Inició en noviembre, cuando ante la secretaría del juzgado de familia, se presentan una señora, María, de 45, con su hijo, José María, de 21-22 años, con un bebe de 4 meses, y José María acompañado con una muchacha indígena sin apellido llamada Fátima. Que no sabe cuidar al bebé, que tiene hábitos sospechosos de higiene, que ha amenazado matar a ella y al niño, razón por la cual solicita tenencia provisoria de la criatura. Declara el marido que por otro lado, como Fátima no tiene documento, y que si su madre tiene esa tenencia provisoria van a poder tramitar la AUH. Fátima permanece en silencio. Expresa el concubino: “solo entiende guaraní” y se ofrece a traducir lo que están hablando. Ella dice que sí, que acepta. Se le da tenencia provisoria a la señora y se transcribe que siendo Fátima miembro del pueblo Guarani se da aviso a la Secretaría de Asuntos Guaraníes (que nunca apareció)”, describe la antropóloga de forma resumida.

“Lo que hubo allí es una falla en el procedimiento, porque una vez que admiten que es indígena, debió intervenir el traductor indígena”, señala sobre lo acontecido.“Hasta allí, la voz de Fátima es la del marido o la del cacique”.

Tres meses continuó la convivencia en el núcleo familiar en la colonia Mado Delicia, a 20 km de El Dorado, con situaciones de violencia contra Fátima. La joven era visitada por el cacique de su comunidad Tekoa Ysyry y por una tía, quienes deciden hacer denuncias por los hechos de violencia, pero la policía no actuó y al cabo de un tiempo,Fátima se volvió a la comunidad. “Ahí el Cacique nos avisa de la situación y empezamos a movilizar la cuestión judicial para recuperar el niño para Fátima”.

“Accedimos a un informe socio ambiental, realizado en diciembre, donde la trabajadora social registra datos de la familia y la ubica por fuera a Fátima, en un claro rasgo discriminatorio. Ese documento, dice además, que Fátima es muda, razón por la cual jamás le podría haber dicho que sí a su ex concubino. Fátima tiene muchas dificultades en el habla, según el Cacique solo se comunica con su tía”, expresa Ana María Gorosito.

El punto fuerte desde lo jurídico, no ético, es que se violan derechos reconocidos a nivel de Constitución Nacional, como el derecho a un traductor oficial. Ese fue el punto sobre el que se basó el juez Juan José Palacio para revertir la sentencia. Y en mi testimonio trabajé sobre los derechos del niño a crecer en una comunidad donde el argumento principal es que los primeros años de vida son muy importantes para absorber la cultura a la cual pertenecen”.

Finalmente, se realizó una audiencia el pasado 2 de junio, en la cual se escuchó el pedido de Fátima y se llegó a un acuerdo para que la joven vuelva a la comunidad con su hijo, retomando así una etapa de revinculación en el ámbito de su comunidad TekoaYsyry.

El primer cuadro que marca éste y otros casos es el desconocimiento por parte de operadores de justicia – incluidos auxiliares, policías, forenses y demás peritos- de los derechos y formas de procedimientos reconocidos para pueblos originarios. Cuando sobre esta base ocurre que una situación incrimina a una mujer indígena, rápidamente encuadra la situación de culpabilidad de la mujer por incumplimiento de función como madre, esposa, o mujer decidida, sólo por ser indígena”, concluye la antropóloga.

 

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